Que en la cadena hortofrutícola solo se utilicen productos fitosanitarios registrados debería ser algo indiscutible y la práctica habitual de todos sus usuarios. Sin embargo, en los últimos años se ha extendido una tendencia a percibir cualquier regulación como un trámite innecesario, o incluso como un obstáculo para los intereses económicos de quien produce. Conviene recordar qué hay detrás de un registro y qué se pone en juego cuando se prescinde de él.

Qué garantiza un registro fitosanitario

En la Unión Europea, un producto fitosanitario sólo puede comercializarse y utilizarse tras superar un proceso en dos niveles, regulado por el Reglamento (CE) n.º 1107/2009. Primero, la sustancia activa debe aprobarse a escala europea, después de una evaluación científica en la que intervienen un Estado miembro ponente y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Después, cada producto formulado —la sustancia activa junto con el resto de sus componentes— debe ser autorizado por el Estado miembro donde se vaya a emplear, para cultivos y usos concretos. En España, esa autorización corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).

El registro es, por tanto, la garantía de que el producto, utilizado según las instrucciones de su etiqueta, será inocuo para el consumidor, además de cumplir otros requisitos. Un producto fitosanitario registrado suele pasar más de 140 controles y pruebas de seguridad para testar su eficacia y analizar de forma controlada sus riesgos. Antes de aprobar una sustancia activa se evalúa el riesgo para el consumidor: se comprueba que la exposición crónica y aguda a sus posibles residuos permanezca por debajo de un límite admisible. Ese límite se obtiene por experimentación con animales y se divide por un factor de incertidumbre de 100 para compensar las diferencias entre los ensayos en animales y el efecto en seres humanos.

La evaluación no se detiene en la sustancia activa. Para poder aplicarse, esta debe formularse con otros componentes, los coformulantes, que también están sometidos a control: hay 144 compuestos, posibles coformulantes, que están expresamente prohibidos.

Un registro ofrece, en definitiva, garantías sobre la inocuidad de la materia activa y de los coformulantes, sobre su eficacia, su calidad y la ausencia de un impacto ambiental inaceptable. Quizá por eso solo una de cada 140.000 moléculas pasa al estado de desarrollo, y se tarda una media de diez años desde su descubrimiento hasta su puesta a disposición comercial.

Qué hay detrás de un producto sin registro

Un fitosanitario no registrado es un producto ilegal. O bien ha esquivado todas esas evaluaciones, o bien —lo que es peor— no las ha superado.

Quien aplica un producto de estas características no sabe cuál es su composición real, qué residuos deja en la fruta ni cómo se comporta en el medio ambiente. Son, precisamente, las preguntas que el registro existe para responder.

 

Un riesgo que no se queda en quien lo aplica

El usuario de productos no registrados no solo atenta contra la salud pública. También constituye una amenaza seria para la marca: la suya propia y, sobre todo, la del producto y la de la zona donde se produce. Una alerta alimentaria no distingue entre el operador que incumplió y los cientos que cumplen; afecta a la reputación de toda una categoría y de todo un origen. Lo que está en juego es la salud pública, la economía del sector y la de la zona.

En postcosecha, este principio tiene un peso particular. Los tratamientos postcosecha se aplican en el último tramo de la cadena, cuando la fruta está ya cerca del consumidor. Por eso el cumplimiento estricto de las autorizaciones, las dosis y los límites máximos de residuos no es un tecnicismo: es la base de la confianza de quien compra.

Cómo comprobar si un producto está autorizado

La información es pública y está al alcance de cualquier profesional. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publica un listado unificado y completo de las diferentes soluciones, el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario, que se actualiza semanalmente cada viernes a partir de las 14:00 horas. Este registro es público y puede consultarse en https://servicio.mapa.gob.es/regfiweb

Conviene consultar siempre esta fuente antes de dar por buena —o por mala— una información sobre la autorización de un producto. Las aprobaciones de sustancias activas se prorrogan con frecuencia mientras se completa su renovación, de modo que una fecha de expiración antigua puede no ser la vigente. Tampoco son equivalentes que una sustancia no esté aprobada en la UE, que un producto no esté autorizado para un cultivo o un uso concreto, o que un residuo supere su límite máximo: son situaciones distintas, con consecuencias distintas.

Un control que existe y se refuerza

Según la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), en el año 2023 se realizaron cerca de 30.000 controles más que en 2022. Como consecuencia, se produjo un incremento considerable del número de medidas adoptadas por las autoridades competentes para resolver los incumplimientos detectados y evitar su repetición: durante 2023 se adoptaron 72.471 medidas administrativas y 82 medidas judiciales, incluyendo sanciones.

Una responsabilidad compartida

La responsabilidad profesional de todos los actores de la cadena alimentaria —productores de fruta y hortaliza, centrales, comerciantes y distribuidores— debe manifestarse también en el rechazo de los fitosanitarios no registrados. No para cumplir un trámite, sino para no poner en riesgo innecesariamente la salud pública y la economía de un sector que depende, antes que de ninguna otra cosa, de la confianza del consumidor.

Defender el uso de productos legales frente a los no registrados es uno de los objetivos fundacionales de Postharvest Cluster. Es también la condición para que la postcosecha siga cumpliendo su función: que la fruta llegue a la mesa en buen estado y que se desperdicie menos.

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1107/2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios.
  • Datos de control oficial de la cadena alimentaria, año 2023.
  • Registro Oficial de Productos Fitosanitarios: servicio.mapa.gob.es/regfiweb